Al contratar un crédito hipotecario para adquirir una casa o departamento en Chile, los bancos y entidades financieras exigen obligatoriamente un seguro de incendio y ofrecen complementariamente la cobertura de sismo. Aunque muchas personas pagan mensualmente esta prima en su dividendo, existe gran desconocimiento sobre cómo opera la póliza, qué daños cubre y cómo se calculan los deducibles regulados por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
1. ¿Qué cubre y qué NO cubre el seguro de sismo hipotecario?
Materia asegurada (Lo que SÍ cubre)
- La estructura física del inmueble: Fundaciones, muros de carga de hormigón armado, losas, vigas, techumbres, tabiquería y redes fijas de servicios (gas, agua, electricidad) empotradas en la construcción.
- Espacios comunes en edificios (Ley de Copropiedad): En condominios y edificios de departamentos, el seguro cubre la cuota proporcional que le corresponde a la unidad sobre los pasillos, ascensores, cajas de escala y fundaciones del edificio.
Exclusiones estándar (Lo que NO cubre)
- El valor del terreno: El suelo o terreno no sufre pérdida total por sismo, por lo que el monto asegurado corresponde únicamente al valor de reposición de la construcción.
- Bienes muebles y contenido: Muebles, televisores, computadores, ropa o electrodomésticos rotos por la sacudida no están cubiertos por el seguro hipotecario básico, salvo que se haya contratado expresamente una cláusula adicional de 'Contenido'.
- Construcciones de adobe o autoconstrucción no regularizada: La normativa de la CMF excluye formalmente las viviendas de adobe o ampliaciones sin recepción municipal final.
2. ¿Cómo funciona el Deducible en el seguro de sismo?
El deducible es la porción del daño en dinero que, por contrato, queda siempre a cargo del asegurado y no es indemnizada por la compañía. En Chile, las pólizas de sismo reguladas por la CMF suelen estructurar el deducible de dos maneras:
- Deducible como porcentaje del monto asegurado: Habitualmente entre el 1% y el 2% del monto total de la estructura asegurada, con un mínimo en UF (por ejemplo, mínimo 20 UF o 30 UF).
- Deducible como porcentaje de la pérdida: Un porcentaje del costo total de reparación de los daños.
Ejemplo práctico de liquidación de siniestro
Caso: Departamento asegurado por 2.500 UF, con un deducible de sismo del 1% del monto asegurado (25 UF).
- Escenario A (Daño menor de 15 UF en tabiques): Como el costo de reparación (15 UF) es inferior al deducible (25 UF), la compañía no indemniza y el arreglo corre por cuenta del propietario.
- Escenario B (Daño mayor de 120 UF en muros estructurales): La compañía aplica el deducible de 25 UF. La aseguradora indemniza 95 UF (120 - 25 = 95 UF) y el propietario cubre las 25 UF restantes.
3. Pasos para denunciar el siniestro ante el banco o la aseguradora
- Plazo de denuncia: La normativa de la CMF establece que la denuncia debe realizarse a la brevedad posible (generalmente dentro de los primeros 30 días corridos tras la ocurrencia del sismo).
- Canales de denuncia: Se puede ingresar en línea a través del portal web de la compañía de seguros o del banco donde pagas el crédito hipotecario.
- Documentación y fotografías: Acompaña la denuncia con fotos claras de las grietas y daños, número de póliza o RUT del titular y datos de contacto para coordinar la visita del Liquidador Oficial de Siniestros designado por la CMF.
- Visita del Liquidador: El liquidador independiente inspeccionará la vivienda, emitirá un Informe de Liquidación con el presupuesto de reparación y determinará el monto a pagar tras deducibles.
Derecho a libre elección del seguro
La Ley N° 20.552 establece que los deudores hipotecarios en Chile tienen pleno derecho a cotizar y contratar su seguro de sismo e incendio de forma individual con la aseguradora de su preferencia, sin estar obligados a aceptar la póliza colectiva licitada por su banco, siempre que la póliza elegida cumpla con las coberturas mínimas exigidas.